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Historias de Al Andalus
 

LA EXPULSIÓN DE LOS MORISCOS DEL REINO DE GRANADA
Yolanda Quesada Morillas [*]

 
 
   
 
Embarco Moriscos en el
Grao de Valencia

de la serie: La expulsión de los moriscos
[1616] óleo sobre tela
110 x 174 cm

Pere Oromig
Col. Bancaja
Fotógrafo: Juan García Rosell

   
 

No había unanimidad en la Corte. Mondéjar señaló al Rey que un cumplimiento de los edictos llevaría a un alzamiento, con todas sus graves consecuencias. De ese parecer fue el Consejo de Guerra. En cambio, el rey encontró el apoyo en el Consejo de Estado. Entre tanto un grupo de moriscos planeaba ya la rebelión abierta. Comenzaron las reuniones secretas en el barrio morisco del Albaicín. Se nombra a Hernando de Córdova y Valor como rey, que toma el nombre de Aben Humeya. La rebelión estaba en el ambiente, aunque fuera dudoso que venciera; a fin de cuentas, tras los edictos regios estaba todo el poder de la Monarquía. Pero lo que sería seguro es que el triunfo de Felipe II no sería sin conflictos, sin violencias, sin derramamientos de sangre.

Acordaron que fuera “la noche de navidad, que la gente de todos los pueblos está en las iglesias, solas las casas, y las personas ocupadas en oraciones y sacrificios; cuando descuidados, desarmados, torpes con el frío, suspensos con la devoción, fácilmente podías ser oprimidos de gente atenta, armada, suelta y acostumbrada a saltos semejantes[24]. El levantamiento se inició en las Alpujarras, en diciembre de 1568; se extendió hacia tierras de Almería y el norte de Granada, y en 1570 a la Sierra de Ronda. Fue un movimiento rural. Los moriscos del Albaicín granadino rehusaron tomar las armas, lo que no les eximió de la expatriación forzosa. La guerra se prolongó debido a varios factores: uno de ellos era el terreno donde se llevó a cabo, pues las Alpujarras es zona muy abrupta; otro factor fue el apoyo del mundo islámico, aunque no en gran número, lo cierto es que pequeños contingentes de berberiscos y turcos vinieron a sumarse al combate, alentando a los rebeldes, haciendo más difícil el sometimiento. Además las desavenencias entre el marqués de Mondéjar, partidario de la negociación, y el marqués de los Vélez, inclinado al rigor, evidenció la ausencia de un plan conjunto.

Las cosas llegaron a tomar tal envergadura que el Rey nombró a su hermano don Juan de Austria como generalísimo de las fuerzas cristianas, a fin de superar las divergencias surgidas entre Mondéjar y Vélez, y él mismo se acercó convocando Cortes en Córdoba en el año 1570, sería la única vez que reuniría las Cortes Castellanas fuera de Madrid desde que en 1561 la había convertido en la capital de la Monarquía[25]. Las incursiones y las rivalidades también se cebaron en el bando rebelde. La insurrección se extendía a la serranía de Ronda.

 
 
 
 
 

La expulsión de los moriscos
Fue necesario una durísima campaña, llevada a cabo en pleno verano de 1570, para doblegar a los rebeldes, completando la acción bélica con una de las medidas legales más despiadadas: la expulsión de todos lo moriscos granadinos, sin excepción, incluyendo hasta los mismos reconocidos como cristianos; sacándolos de sus lugares, grandes o chicos, para trasladarlos bajo vigilancia a parte de la Andalucía occidental, a Extremadura y a las dos Castillas.

Era una medida era muy arriesgada, pues los moriscos desesperados podían ofrecer una mayor resistencia, o bien provocar nuevos alzamientos. Por ello, para disimularla se hizo como un alejamiento provisional, de cara al invierno, poniendo como excusa que, al no haberse cogido cosecha alguna (lo cual era cierto, debido a la táctica de la tierra quemada), el hambre sería general y sólo había un modo de socorrerlos: llevándolos lejos, donde la guerra no hubiera dañado las cosechas. Además la medida se presentaba transitoria, y por otra parte, se podían llevar sus bienes muebles. Pero nadie se llamó a engaño. Era perder sus tierras, su horizonte ancestral, las tierras de sus mayores y, además, para siempre, embarcándose en un azaroso destino.

Aunque se pretendió disgregarlos para facilitar su asimilación, se fueron concentrando en ciertos grandes núcleos (Toledo, Sevilla, Ciudad Real), formando colonias compactas de miles de personas. A otras poblaciones, como Priego y Pastrana, fueron llevados por los señores castellanos, que aspiraban a introducir en ellas las labores de la seda, en las que eran diestros.

Respecto a los moriscos de Granada que se repartieron por la Corona, Felipe II dio una Pragmática en el año 1572 sobre como se han de tener a éstos. Lo primero que estableció fue que se hiciese una lista o registro en todos los lugares de todos los moriscos que llegasen de Granada, poniendo los nombres de todos, su procedencia, si eran naturales, según ellos declaren, edad, estatura, rostro, oficio, trato que tuviere, la casa, parroquia donde viviere. Además se debía incorporar si fallecían o los que nacían, los que se mudaban (con licencia). Se mandaba que los hijos de los moriscos fueran enseñados en las escuelas a leer y escribir y la doctrina cristiana; que ningún morisco granadino pudiera traer o tener armas tanto ofensivas como defensivas; También se prohíbe que puedan tener, ni leer libros, ni otras escrituras en lengua arábiga, ni hablar en su casa ni fuera de ellas, ni escribir cartas, memorias, ni otra cosa alguna en dicha lengua. En cuanto a las bodas, bailes, zambras, leilas, cantos, músicas y baños, se remitía a lo establecido en la Pragmática de 1566. Además, se establecía que la Justicia de cada lugar hiciera visita general a los dichos moriscos, en principio, cada mes una y, el Regidor, cada 15 días y, el jurado o persona deputada de cada parroquia cada semana. Esa visita no sólo se hacía para ver los que faltan, sino para ver como vivían, y para que sean entretenidos, y los pobres ayudados, y los enfermos curados[26].

Finalmente, a partir de 1560 las cosas cambiaran respecto a la Inquisición, cobrando una actividad antimoriscas que ya no perdería a lo largo de la segunda mitad del siglo. Entre 1570 y 1615 fueron procesados unos 300 moriscos, siendo el 82% granadinos. La Inquisición perseguiría por delitos probados. Como fueron muchas las denuncias autorizaba a los confesores a absolver de los delitos de herejía durante seis meses. Sólo se castigaban severamente los casos de consciente voluntad islámica acompañada de prácticas religiosas. La Inquisición actuaba pasivamente. Sólo en 1590 volvió a demostrar su iniciativa antimorisca[27].

 
 
 

La confiscación de los bienes de los moriscos granadinos y el inicio de la repoblación. Debido al levantamiento y rebelión de los moriscos del Reino de Granada les fueron confiscados todos sus bienes y haciendas e incorporados al Real Patrimonio de su Majestad por cédula de 24 de febrero de 1571 [28]. Con la expulsión de los moriscos no todos los bienes de éstos fueron sólo confiscados, sino que a aquellos moriscos que no se habían sublevado ni participado en la revuelta, pero que tenían que irse de Granada se les expropiaron. Constituía para Oriol Catena “un antecedente curioso del moderno principio de expropiación forzosa por supremo interés del Estado; no puede hablarse aquí de penalidad, se trata de una expropiación fundada en las necesidades de cultivo y en la imposibilidad de atenderlas por parte del propietario y se establece la correspondiente indemnización, que es lo característico de la expropiación” [29].

Para la administración de todos estos bienes “se nombró para ello y para que conoçiessen de las caussas tocantes a la dicha haçienda, al Presidente que entonçes hera desta Chançillería y al oydor mas antiguo y al corregidor de Granada, y se les dio facultad para darlas a çensso perpetuo o benderlas a las personas que biniessen a poblar este Reyno en los lugares de donde fueron expelidos los moriscos y conoçiessen de los pleytos y caussas de los dichos pobladores en lo tocante a las dicha haçienda” [30]. Se trata del Consejo de Población de Granada creado por Felipe II mediante la Instrucción de constitución del Consejo de Población de Granada con fecha en Madrid a 26 de diciembre de 1570.

La incorporación de destacados militares a éste sínodo, al menos en sus inicios, denota la importancia y prioridad del brazo armado en el proceso repoblador.

 

Fuente:
Conquista de Granada:
Los moriscos
Capitulaciones [antecedentes]

Por Yolanda Quesada Morillas
Revista Electrónica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada
 
 

Notas

 

 
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